lunes, 15 de octubre de 2012

PETRÓLEO. Hoy como ayer...


UN DEBATE ACTUAL
Debate sobre la legislación del petróleo en la Cámara de Diputados (28 de julio de 1927).

Horacio Micucci

15 de octubre de 2012

En el año 1927 se debatía en el Congreso de la Nación la legislación sobre el petróleo.
Se debatían dos cuestiones:
1.- si las propietarias del petróleo serían las Provincias o la Nación,
2.- además se debatía si debía explotarlo con exclusividad el Estado Argentino o constituyendo empresas mixtas con capital extranjero.
Por cierto es un debate actual.
El mismo.
“Casualmente” las empresas extranjeras impulsaban la provincialización de los recursos y, de no lograrse esto, aceptaban la nacionalización (de palabra) pero… con explotación mixta del petróleo. La provincialización se defendía con argumentos de defensa del federalismo, olvidando que una política energética independiente obliga a un proyecto nacional.
En efecto, realizar políticas petroleras provinciales es tan imposible como realizar una política hidrológica provincializada. Si cada provincia hiciera con los ríos que pasan por su territorio una política aislada, sin pensar en las otras provincias donde transcurren esos ríos, el federalismo se transformaría en un descuartizamiento nacional. Un sálvese quien pueda con sus recursos. Sin importar las otras provincias. La Provincia que tiene petróleo lucrará con él como más le convenga, la que tenga otras riquezas hará lo propio y… la que no tenga nada será condenada a la pobreza eterna. Será el pariente pobre. Y esto generará  las condiciones de la disgregación nacional.
Sería un proyecto como el actual: Una Argentina convertida en una republiqueta  petrolera, minera, sojera, pesquera integrada por una unión “laxa” de republiquetas provinciales una petroleras, otras sojeras, otras mineras, otras pesqueras. Todas, presas fáciles de las distintas potencias que se disputan la rapiña de nuestro país.
Y en eso parecemos estar: un país dependiente desgarrado por la rapiña de distintas potencias.
Resulta curioso: el mismo argumento con que los unitarios se apropiaban de los fondos de la Aduana de Buenos Aires era y es usado para defender la provincialización petrolera. Argumento de raigambre unitaria, si los hay. En ese momento, y ahora más aún, la verdadera cuestión era establecer una coparticipación federal de los recursos donde el Estado Nacional no succione  a las provincias y no las someta a sus designios (los del sector hegemónico del bloque de las clases dominantes, como hoy es el kirchnerismo) derivándoles los gastos y los ajustes y quedándose con los fondos.
Eso es lo que debe terminarse “Pa´ que naides sea más que naides”, como decía el lema del federalismo artiguista.
Veamos el argumento del Diputado Usandivaras, por Salta, provincia donde penetraba la Standard Oil (EEUU) y que (¿cómo ahora monopolios petroleros, mineros, sojeros, etc.?) influenciaba a gobernadores de provincia:
“Como representante de Salta, una de las provincias petrolíferas por excelencia.¿Qué les queda a las provincias después de esta ley, si se acepta como legítimo el principio que la informa? Apenas una sombra de autonomía. Porque hoy es el petróleo, mañana será el carbón, pasado mañana el hierro y después el oro, la plata o el cobre, y podremos concluir con los establecimientos termales. Esta ley, primer paso en el camino del error, concluye seguramente con las garantías federales de la Constitución. Mas: no vacilará en ir derechamente al unitarismo.
Como un argumento efectista se presenta el fantasma del peligro en que estaría el país al caer sus industrias en manos extranjeras. Abramos las puertas al capital extranjero, que venga pleno y vigoroso representando diversas naciones del mundo, que ellas contribuirán a la defensa nacional; al cuidar sus propios intereses han de cuidar los nuestros, mancomunados por la solidaridad de las aspiraciones idénticas”.

¿Diría hoy, tal vez, el gobernador Gioja, cosas parecidas?.
En defensa de la nacionalización el diputado Giuffra dijo:
“Para desvanecer ciertas dudas que pudo traer la participación de algunos señores diputados en el debate, defendiendo un pretendido derecho de autonomía, fundamentaré breve, pero claramente a mi juicio, la razón que asistirá al Congreso para dictar la ley que nacionalice la misma.
Es indudable que ella deriva del inciso 11, del artículo 67 de la Constitución, que se ha citado de modo incompleto. Deriva de ese artículo, porque es él el que atribuye al Congreso la facultad de dictar el Código de Minería; pero acepto y demostraré que ese artículo no está amparado en la Constitución; está subordinado a toda la economía constitucional. Cuando el inciso 11 del citado artículo dice que es facultad del Congreso dictar los códigos Civil, Comercial, Penal y de Minería, ha establecido claramente que todo lo que corresponde a la legislación minera es materia de ese código; y lo que corresponde a un código, lo ha dicho, en momentos en que se hacía la Constitución, el convencional Zapata, cuando expresaba que un código debe contemplar todas las necesidades de la época.
Se ha pretendido sostener que, porque a continuación el artículo dice: “sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales”, esto autoriza a los gobiernos de provincia incluso a destruir en parte la disposición básica sobre la facultad de dictar el código.
He visto en muchas partes, incluso en informaciones, en artículos de colaboración citados en esta Cámara, que se incurre en el mismo grave error; y en esto no he de valerme sólo de mi opinión, porque al fin y al cabo es una entre muchas y todas las opiniones individuales son respetables, sino que voy a fundarme en la opinión de la Suprema Corte Nacional, que es la autoridad que por imperio del artículo 100 de la Constitución está llamada a determinar sobre el valor de las cláusulas constitucionales. Ella ha establecido claramente que las palabras “sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales” no tienen otro valor que atribuir a los tribunales de provincia la aplicación de la ley. No es una restricción, no es una limitación; es sólo una condición: respetar el poder judicial de las provincias.

El gran tema de fondo del debate era no sólo “nacionalización o provincialización” sino entre “explotación mixta o monopolio estatal”. En eso nos remitimos al General Mosconi:
“...la experiencia de las luchas incesantes que la organización fiscal ha debido soportar con las compañías privadas durante todo el tiempo en que la hemos dirigido, nos condujo a la conclusión de que tales organizaciones, la fiscal y la privada, no pueden coexistir, pues representan dos intereses antagónicos destinados a vivir en lucha, de la cual sólo por excepción saldrá triunfante la organización estatal. Resulta inexplicable la existencia de ciudadanos que quieran enajenar nuestros depósitos de petróleo acordando concesiones de explotación y exploración al capital extranjero, para favorecer a éste con las ganancias que de tal actividad se obtienen, en lugar de reservar en absoluto tales beneficios para acrecentar el bienestar moral y material del pueblo argentino. No queda otro camino a adoptar que el monopolio del Estado pero en forma integral, es decir, en todas las actividades de esta industria: la producción, elaboración, transporte y comercio.”
General Enrique Mosconi. Extractado del Boletín Nº 1 de MONADEPA (Presidido por Adolfo Silenzi de Stagni). Enero-Febrero de 1987.

Pero volvamos al debate de la Cámara de diputados de  Julio de 1927. La Comisión de tratamiento legislativo se había expedido por la explotación mixta. A esta posición se opuso el diputado Raffo De La Reta con los siguientes argumentos:
“La comisión ha estudiado la conveniencia de derivar, en lo posible, el manejo de esta institución eminentemente comercial, los yacimientos petrolíferos fiscales, “hacia una acción mixta” que, a juicio de la mayoría de ésta, constituye seguramente la solución más aceptable y que consulta mejor la doble finalidad que el despacho se propone, esto es, el contralor del Estado en la producción petrolífera en bien de las industrias argentinas y de la seguridad de la Nación, y al mismo tiempo colocarla en un pie de igualdad de las actividades comerciales del Estado para que su concurrencia no pueda ser mirada como un caso de competencia desleal.
Refiriéndome a la oposición tan generalizada en las actividades industriales del Estado, he de decir, que eso del Estado mal administrador va pasando a la historia, y que la tendencia moderna tiende a convertirlo en gestor.
Cuando se discuta la parte constitucional de este asunto me he de referir a la evolución que estos puntos de vista han sufrido en México, evolución de la que seguramente todos los señores diputados estarán informados”.

Por su parte el diputado Quirós, defendía la provincialización junto con la explotación mixta con capitales extranjeros y decía:
“Hay, señor Presidente, uniformidad de opiniones con respecto a la necesidad de modificar nuestro actual sistema de explotación del petróleo. Si estamos en todo de acuerdo, ¿por qué no se proponen las modificaciones conducentes dejando a salvo e intacta la soberanía de las provincias?, a menos que se confiese terminantemente que el único propósito que lleva a esta reforma es avasallar la autonomía de las provincias; pero sino es así, como no lo debo presumir, ¿por qué no se llega a una conclusión razonable, la que está en los labios de todos, la que está en la mente de todos, la que suscribiremos todos? ¿Por qué no se llega a establecer una legislación condigna con las necesidades sentidas y sin herir a las provincias?
¿Hay temor de que empresas extranjeras vengan a apoderarse de nuestro subsuelo, succionar nuestra riqueza, y acaso en cierto y determinado momento, colocarnos en situaciones internacionales difíciles? Declárese por la ley que no podrán las compañías extranjeras y los capitales extranjeros intervenir en ningún asunto relacionado con las minas.
En fin, señor presidente, establézcanse todas las previsiones que puedan y deban establecerse para conjurar los males que puedan presentarse, ¡pero no se lleve por delante a las provincias, sin derecho y sin razón!”

En tanto, el diputado por Entre Ríos Sr. Hernández, partidario de la Nacionalización y el monopolio del Estado en la explotación, hacía resaltar que.
“No nos preocupe en demasía el desmesurado amor por la Constitución y por las autonomías provinciales, que exteriorizan los representantes de las compañías extranjeras en los alegatos con que defienden sus intereses.”

Como la votación final podía dar una mayoría a los partidarios de la Nacionalización junto con la Explotación monopólica del Estado Nacional, se intentó la triquiñuela de establecer dos órdenes del Día. Se intentaría votar la orden Nº 95, postergando la Nº 77 que que establecía la opción por “Nacionalización o Provincialización”. De tal manera que se establecería la explotación mixta que ponía en debate la orden Nº 95 dejando el tema de fondo para después.
A esta triquiñuela respondió el diputado Diego Luis Molinari, de la UCR, que dijo el 28 de julio de 1927:
“En nombre de la representación de la Unión Cívica Radical, y frente a la situación que se ha creado a la Cámara debido a la existencia de dos ordenes del día sobre la cuestión del petróleo, la 77 y la 95, que contienen principios de los cuales aceptamos unos y otros no, debo hacer presente a la Honorable Cámara que la Unión Cívica Radical ajustara su conducta en el debate y votación de la cuestión del petróleo a la suerte que corran los dos principios fundamentales que paso a enunciar, referente el uno al régimen legal del petróleo y el otro al régimen administrativo de su explotación: es el primero, que las minas de petróleo son bienes privados de la Nación; es el segundo, que el Estado nacional explotará por si, directa y exclusivamente, las minas de petróleo, que constituyen sus bienes privados.
Es tal la magnitud del asunto y tal la naturaleza de los principios que sentamos, que nos creemos en la obligación, antes que nada, de decir que nuestra conducta se ajustara por entero a la suerte que corran esos dos principios encadenados entre si, dependientes de tal manera el uno del otro, que no podríamos aceptar la sanción del uno sin que el otro fuera también correlativamente sancionado.
La Unión Cívica Radical, si no se votara la nacionalización de las minas de petróleo y su explotación directa por el Estado nacional, no asumiría la responsabilidad de participar en debates de ninguna naturaleza, porque no puede defraudar a la opinión publica del país ni la legitima expectativa que desde años atrás se viene manteniendo respecto de esta grave y delicada cuestión.
No se puede entregar el porvenir económico de la Nación a manos extrañas. Ya en 1920 un agente directo del grupo británico de intereses petroleros se acercó al entonces Presidente Yrigoyen y le ofreció capitales sin cuento y sin límite a cambio de la participación de las compañías extranjeras subordinadas al Estado, para explotar la riqueza nacional. Fue entonces cuando el Presidente Yrigoyen dijo que la Republica Argentina debía abocarse a la realización de su porvenir económico, explotando el Estado por si esta gran riqueza e impidiendo que las fuentes de producción del petróleo cayeran en otras manos que no fueran manos argentinas, seguro como estaba de que la Nación argentina tenia en su seno elementos suficientes en capitales y técnicos, para llevar adelante la explotación de la gran riqueza minera de su subsuelo y asegurar definitivamente días de prosperidad y de grandeza para la patria.
Todo tiene usted al alcance de sus manos, decíale al Presidente Yrigoyen el representante británico; nosotros no pedimos control directivo, solo queremos participar de esta explotación. Y ante la negativa del entonces Presidente Yrigoyen, el representante del grupo británico de petróleo se retiró a su país y vertió los conceptos que recogiera el diario "La Nación", si mal no recuerdo, diciendo: "Es el ex Presidente Yrigoyen un gran patriota y un gran argentino." Él ha asentado esos dos principios fundamentales y básicos para todo régimen legal y administrativo de la explotación de la riqueza petrolífera, y hoy la Unión Cívica Radical reitera su actitud de entonces, vuelve claramente a decir a la faz del país y del mundo que no asume responsabilidad ninguna en el debate si es que no se sancionan, como deben ser sancionados, los principios que antes enuncio, esto es, que las minas de petróleo son bienes privados de la Nación y que el Estado nacional explotará directamente, exclusivamente, por si, las minas que constituyen sus bienes privados.
Nada más.
... Deseo aclarar el alcance de las primeras palabras que pronuncie al iniciarse la sesión, en vista de la observación de los señores diputados que acaban de expresarse sobre la prioridad de los despachos a discutirse, si el de la orden del día 77 o el de la orden del día 95. He dicho que para nosotros, son principios fundamentales que las minas de petróleo —no entro ahora a las de carbón y hierro— sean bienes privados de la Nación y que la explotación de las minas de petróleo sea hecha directamente por el Estado. He agregado que estos dos principios constituyen para nosotros una sola y misma cuestión; están indisolublemente unidas y votamos la una porque votamos la otra y no votamos ninguna de las dos por separado.
La orden del día 77, cuya historia es larga en los anales del Parlamento, aunque no lo haga en forma clara, involucra explicita y categóricamente el principio de la nacionalización de las minas de petróleo, que son bienes privados de la Nación. Digo que para nosotros son indivisibles ambos principios. La orden del día 77, contiene el principio de la nacionalización en la forma en que esta dicho. La orden del día 95 no contiene ese principio en la forma que lo deseamos. ¿Porque? Porque el articulo 27 de dicha orden del día expresa este principio de la nacionalización en forma distinta de aquella en que lo hace la orden del día 77.
Por lo demás, ¿como se nos ha de ocultar el alcance puramente verbal del articulo 27? Toda la arquitectura, toda la construcción del despacho numero  95 está basada en la explotación mixta del petróleo, por los capitales privados en combinación con los capitales del Estado.
Es decir que el despacho contenido en la orden del día 95 reposa, en su economía total, sobre un principio que categóricamente repudiamos. No es una objeción de forma, como lo dice algún señor diputado que, como de costumbre, pasa sólo por sobre la superficie de las cosas.
Es la nuestra una objeción de fondo. Siendo así, vinculándose nuestra objeción al despacho 95 a uno de los dos principios que consideramos entre sí ligados indestructiblemente, se reduce fatalmente la deliberación sobre el despacho 95 a lo que primero se diga respecto de la orden del día 77. Digamos primero si son bienes privados de la Nación las minas de petróleo, afiancemos luego la explotación del petróleo por el Estado, y construyamos mas tarde el régimen jurídico necesario para que el Estado explote las riquezas petrolíferas.
Esta demás decir, dada la forma en que expongo mi pensamiento y ante los principios que establezco, que la orden del día 95 contiene nada mas que pour la galerie el principio de la nacionalización, porque se ha abierto el gran boquete de la explotación mixta y porque, sea cual fuere la proporción, viene en definitiva el capital privado a torcer el verdadero sentido de la nacionalización de las minas de petróleo tal como la reclama el país, tal como la sostuvo Yrigoyen y tal como ahora la sostiene la Unión Cívica Radical.”

Y agregó luego el diputado Giuffra:
“No es posible, señor Presidente, que una cuestión como esta se postergue para decidir sobre ella cuando se haya avanzado ya en la aceptación de muchos artículos de un despacho, sin antes saber si las minas van a ser de la Nación o de las provincias. Esto es previo a todo y debe ser aprobado antes que lo otro, que es mas complejo; bastara una votación. De manera que, sin quererlo, se dilatara el conocimiento de este asunto y cuando ya tenga la Cámara estudiado el articulado, entonces estudiaría el aspecto institucional y quedaría dividido el proyecto. ¿Por que? Porque la cuestión mas dificultosa se dejará para lo ultimo.
De manera que lo que debemos hacer, por simple lógica y por razón de concepto, es tratar primero el despacho que constituye el eje sobre el cual ha de girar la cuestión y que contiene el gran asunto.”

Fue necesaria hacer estas citas extensas para demostrar que la cuestión es de larga data. Que se puede hablar de nacionalización “pour la galeríe” como dice el diputado Molinari.
Como pasa en la actualidad, mientras se negocia el reparto de nuestro petróleo con monopolios estadounidenses, chinos, rusos, etc.
La cuestión sigue vigente. Se trata de derogar todas las leyes de este gobierno y del Menemismo que se opongan a la estatización y nacionalización total del petróleo y de su explotación monopólica por parte de Estado (con control de obreros, técnicos y usuarios de toda la gestión). Se trata de derogar la ley de hidrocarburos vigente que data de la dictadura de Onganía que admite concesiones. ¡Aunque es bueno destacar que las empresas privadas la violan al tener más concesiones que las que la ley de Onganía admite!
Se trata de que el Estado argentino tenga el monopolio desde el subsuelo al surtidor porque el petróleo es un material estratégico del cual depende en gran medida nuestra independencia, nuestra integridad territorial y la satisfacción de los derechos del pueblo.
Horacio Micucci
15 de octubre de 2012