UN DEBATE ACTUAL
Debate sobre la legislación del petróleo
en la Cámara de Diputados (28 de julio de 1927).
Horacio Micucci
15 de octubre de 2012
En el año 1927 se debatía en el Congreso de la Nación
la legislación sobre el petróleo.
Se debatían dos cuestiones:
1.- si las propietarias del petróleo serían las
Provincias o la Nación,
2.- además se debatía si debía explotarlo con
exclusividad el Estado Argentino o constituyendo empresas mixtas con capital
extranjero.
Por cierto es un debate actual.
El mismo.
“Casualmente” las empresas extranjeras impulsaban la
provincialización de los recursos y, de no lograrse esto, aceptaban la
nacionalización (de palabra) pero… con explotación mixta del petróleo. La
provincialización se defendía con argumentos de defensa del federalismo,
olvidando que una política energética independiente obliga a un proyecto
nacional.
En efecto, realizar políticas petroleras provinciales
es tan imposible como realizar una política hidrológica provincializada. Si cada
provincia hiciera con los ríos que pasan por su territorio una política aislada,
sin pensar en las otras provincias donde transcurren esos ríos, el federalismo
se transformaría en un descuartizamiento nacional. Un sálvese quien pueda con
sus recursos. Sin importar las otras provincias. La Provincia que tiene
petróleo lucrará con él como más le convenga, la que tenga otras riquezas hará
lo propio y… la que no tenga nada será condenada a la pobreza eterna. Será el
pariente pobre. Y esto generará las
condiciones de la disgregación nacional.
Sería un proyecto como el actual: Una Argentina
convertida en una republiqueta petrolera,
minera, sojera, pesquera integrada por una unión “laxa” de republiquetas
provinciales una petroleras, otras sojeras, otras mineras, otras pesqueras.
Todas, presas fáciles de las distintas potencias que se disputan la rapiña de
nuestro país.
Y en eso parecemos estar: un país dependiente
desgarrado por la rapiña de distintas potencias.
Resulta curioso: el mismo argumento con que los
unitarios se apropiaban de los fondos de la Aduana de Buenos Aires era y es
usado para defender la provincialización petrolera. Argumento de raigambre
unitaria, si los hay. En ese momento, y ahora más aún, la verdadera cuestión era
establecer una coparticipación federal de los recursos donde el Estado Nacional
no succione a las provincias y no las
someta a sus designios (los del sector hegemónico del bloque de las clases
dominantes, como hoy es el kirchnerismo) derivándoles los gastos y los ajustes
y quedándose con los fondos.
Eso es lo que debe terminarse “Pa´ que naides sea más que naides”, como decía el lema del
federalismo artiguista.
Veamos el argumento del Diputado Usandivaras, por
Salta, provincia donde penetraba la Standard Oil (EEUU) y que (¿cómo ahora
monopolios petroleros, mineros, sojeros, etc.?) influenciaba a gobernadores de
provincia:
“Como
representante de Salta, una de las provincias petrolíferas por excelencia.¿Qué
les queda a las provincias después de esta ley, si se acepta como legítimo el
principio que la informa? Apenas una sombra de autonomía. Porque hoy es el
petróleo, mañana será el carbón, pasado mañana el hierro y después el oro, la
plata o el cobre, y podremos concluir con los establecimientos termales. Esta
ley, primer paso en el camino del error, concluye seguramente con las garantías
federales de la Constitución. Mas: no vacilará en ir derechamente al
unitarismo.
Como un
argumento efectista se presenta el fantasma del peligro en que estaría el país
al caer sus industrias en manos extranjeras. Abramos las puertas al capital
extranjero, que venga pleno y vigoroso representando diversas naciones del
mundo, que ellas contribuirán a la defensa nacional; al cuidar sus propios
intereses han de cuidar los nuestros, mancomunados por la solidaridad de las
aspiraciones idénticas”.
¿Diría hoy, tal vez, el gobernador Gioja, cosas
parecidas?.
En defensa de la nacionalización el diputado Giuffra
dijo:
“Para
desvanecer ciertas dudas que pudo traer la participación de algunos señores
diputados en el debate, defendiendo un pretendido derecho de autonomía,
fundamentaré breve, pero claramente a mi juicio, la razón que asistirá al
Congreso para dictar la ley que nacionalice la misma.
Es
indudable que ella deriva del inciso 11, del artículo 67 de la Constitución,
que se ha citado de modo incompleto. Deriva de ese artículo, porque es él el
que atribuye al Congreso la facultad de dictar el Código de Minería; pero
acepto y demostraré que ese artículo no está amparado en la Constitución; está
subordinado a toda la economía constitucional. Cuando el inciso 11 del citado
artículo dice que es facultad del Congreso dictar los códigos Civil, Comercial,
Penal y de Minería, ha establecido claramente que todo lo que corresponde a la
legislación minera es materia de ese código; y lo que corresponde a un código,
lo ha dicho, en momentos en que se hacía la Constitución, el convencional
Zapata, cuando expresaba que un código debe contemplar todas las necesidades de
la época.
Se ha
pretendido sostener que, porque a continuación el artículo dice: “sin que tales
códigos alteren las jurisdicciones locales”, esto autoriza a los gobiernos de
provincia incluso a destruir en parte la disposición básica sobre la facultad
de dictar el código.
He visto en
muchas partes, incluso en informaciones, en artículos de colaboración citados
en esta Cámara, que se incurre en el mismo grave error; y en esto no he de
valerme sólo de mi opinión, porque al fin y al cabo es una entre muchas y todas
las opiniones individuales son respetables, sino que voy a fundarme en la
opinión de la Suprema Corte Nacional, que es la autoridad que por imperio del
artículo 100 de la Constitución está llamada a determinar sobre el valor de las
cláusulas constitucionales. Ella ha establecido claramente que las palabras
“sin que tales códigos alteren las jurisdicciones locales” no tienen otro valor
que atribuir a los tribunales de provincia la aplicación de la ley. No es una
restricción, no es una limitación; es sólo una condición: respetar el poder
judicial de las provincias.
El gran tema de fondo del debate era no sólo “nacionalización o provincialización”
sino entre “explotación mixta o
monopolio estatal”. En eso nos remitimos al General Mosconi:
“...la experiencia de las luchas incesantes que la
organización fiscal ha debido soportar con las compañías privadas durante todo
el tiempo en que la hemos dirigido, nos condujo a la conclusión de que tales
organizaciones, la fiscal y la privada, no pueden coexistir, pues representan
dos intereses antagónicos destinados a vivir en lucha, de la cual sólo por
excepción saldrá triunfante la organización estatal. Resulta inexplicable la
existencia de ciudadanos que quieran enajenar nuestros depósitos de petróleo
acordando concesiones de explotación y exploración al capital extranjero, para
favorecer a éste con las ganancias que de tal actividad se obtienen, en lugar
de reservar en absoluto tales beneficios para acrecentar el bienestar moral y
material del pueblo argentino. No queda otro camino a adoptar que el monopolio
del Estado pero en forma integral, es decir, en todas las actividades de esta
industria: la producción, elaboración, transporte y comercio.”
General Enrique Mosconi.
Extractado del Boletín Nº 1 de MONADEPA (Presidido por Adolfo Silenzi de
Stagni). Enero-Febrero de 1987.
Pero volvamos
al debate de la Cámara de diputados de
Julio de 1927. La Comisión de tratamiento legislativo se había expedido
por la explotación mixta. A esta posición se opuso el diputado Raffo De
La Reta con los siguientes argumentos:
“La
comisión ha estudiado la conveniencia de derivar, en lo posible, el manejo de
esta institución eminentemente comercial, los yacimientos petrolíferos
fiscales, “hacia una acción mixta” que, a juicio de la mayoría de ésta,
constituye seguramente la solución más aceptable y que consulta mejor la doble
finalidad que el despacho se propone, esto es, el contralor del Estado en la
producción petrolífera en bien de las industrias argentinas y de la seguridad
de la Nación, y al mismo tiempo colocarla en un pie de igualdad de las
actividades comerciales del Estado para que su concurrencia no pueda ser mirada
como un caso de competencia desleal.
Refiriéndome
a la oposición tan generalizada en las actividades industriales del Estado, he
de decir, que eso del Estado mal administrador va pasando a la historia, y que
la tendencia moderna tiende a convertirlo en gestor.
Cuando se
discuta la parte constitucional de este asunto me he de referir a la evolución
que estos puntos de vista han sufrido en México, evolución de la que
seguramente todos los señores diputados estarán informados”.
Por su parte el diputado Quirós, defendía la
provincialización junto con la explotación mixta con capitales extranjeros y
decía:
“Hay, señor
Presidente, uniformidad de opiniones con respecto a la necesidad de modificar
nuestro actual sistema de explotación del petróleo. Si estamos en todo de
acuerdo, ¿por qué no se proponen las modificaciones conducentes dejando a salvo
e intacta la soberanía de las provincias?, a menos que se confiese
terminantemente que el único propósito que lleva a esta reforma es avasallar la
autonomía de las provincias; pero sino es así, como no lo debo presumir, ¿por
qué no se llega a una conclusión razonable, la que está en los labios de todos,
la que está en la mente de todos, la que suscribiremos todos? ¿Por qué no se
llega a establecer una legislación condigna con las necesidades sentidas y sin
herir a las provincias?
¿Hay temor
de que empresas extranjeras vengan a apoderarse de nuestro subsuelo, succionar
nuestra riqueza, y acaso en cierto y determinado momento, colocarnos en
situaciones internacionales difíciles? Declárese por la ley que no podrán las
compañías extranjeras y los capitales extranjeros intervenir en ningún asunto
relacionado con las minas.
En fin,
señor presidente, establézcanse todas las previsiones que puedan y deban
establecerse para conjurar los males que puedan presentarse, ¡pero no se lleve
por delante a las provincias, sin derecho y sin razón!”
En tanto, el diputado por Entre Ríos Sr. Hernández,
partidario de la Nacionalización y el monopolio del Estado en la explotación,
hacía resaltar que.
“No nos
preocupe en demasía el desmesurado amor por la Constitución y por las
autonomías provinciales, que exteriorizan los representantes de las compañías
extranjeras en los alegatos con que defienden sus intereses.”
Como la votación final podía dar una mayoría a los
partidarios de la Nacionalización
junto con la Explotación monopólica del
Estado Nacional, se intentó la triquiñuela de establecer dos órdenes del
Día. Se intentaría votar la orden Nº 95, postergando la Nº 77 que que
establecía la opción por “Nacionalización
o Provincialización”. De tal manera que se establecería la explotación mixta
que ponía en debate la orden Nº 95 dejando el tema de fondo para después.
A esta triquiñuela respondió el diputado Diego Luis
Molinari, de la UCR, que dijo el 28 de julio de 1927:
“En nombre
de la representación de la Unión Cívica Radical, y frente a la situación que se
ha creado a la Cámara debido a la existencia de dos ordenes del día sobre la
cuestión del petróleo, la 77 y la 95, que contienen principios de los cuales
aceptamos unos y otros no, debo hacer presente a la Honorable Cámara que la
Unión Cívica Radical ajustara su conducta en el debate y votación de la
cuestión del petróleo a la suerte que corran los dos principios fundamentales
que paso a enunciar, referente el uno al régimen legal del petróleo y el otro
al régimen administrativo de su explotación: es el primero, que las minas de
petróleo son bienes privados de la Nación; es el segundo, que el Estado
nacional explotará por si, directa y exclusivamente, las minas de petróleo, que
constituyen sus bienes privados.
Es tal la
magnitud del asunto y tal la naturaleza de los principios que sentamos, que nos
creemos en la obligación, antes que nada, de decir que nuestra conducta se
ajustara por entero a la suerte que corran esos dos principios encadenados
entre si, dependientes de tal manera el uno del otro, que no podríamos aceptar
la sanción del uno sin que el otro fuera también correlativamente sancionado.
La Unión
Cívica Radical, si no se votara la nacionalización de las minas de petróleo y
su explotación directa por el Estado nacional, no asumiría la responsabilidad
de participar en debates de ninguna naturaleza, porque no puede defraudar a la
opinión publica del país ni la legitima expectativa que desde años atrás se
viene manteniendo respecto de esta grave y delicada cuestión.
No se puede
entregar el porvenir económico de la Nación a manos extrañas. Ya en 1920 un
agente directo del grupo británico de intereses petroleros se acercó al
entonces Presidente Yrigoyen y le ofreció capitales sin cuento y sin límite a
cambio de la participación de las compañías extranjeras subordinadas al Estado,
para explotar la riqueza nacional. Fue entonces cuando el Presidente Yrigoyen
dijo que la Republica Argentina debía abocarse a la realización de su porvenir
económico, explotando el Estado por si esta gran riqueza e impidiendo que las
fuentes de producción del petróleo cayeran en otras manos que no fueran manos
argentinas, seguro como estaba de que la Nación argentina tenia en su seno
elementos suficientes en capitales y técnicos, para llevar adelante la
explotación de la gran riqueza minera de su subsuelo y asegurar definitivamente
días de prosperidad y de grandeza para la patria.
Todo tiene
usted al alcance de sus manos, decíale al Presidente Yrigoyen el representante
británico; nosotros no pedimos control directivo, solo queremos participar de
esta explotación. Y ante la negativa del entonces Presidente Yrigoyen, el
representante del grupo británico de petróleo se retiró a su país y vertió los
conceptos que recogiera el diario "La Nación", si mal no recuerdo,
diciendo: "Es el ex Presidente Yrigoyen un gran patriota y un gran
argentino." Él ha asentado esos dos principios fundamentales y básicos
para todo régimen legal y administrativo de la explotación de la riqueza
petrolífera, y hoy la Unión Cívica Radical reitera su actitud de entonces,
vuelve claramente a decir a la faz del país y del mundo que no asume responsabilidad
ninguna en el debate si es que no se sancionan, como deben ser sancionados, los
principios que antes enuncio, esto es, que
las minas de petróleo son bienes privados de la Nación y que el Estado nacional
explotará directamente, exclusivamente, por si, las minas que constituyen sus
bienes privados.
Nada más.
... Deseo
aclarar el alcance de las primeras palabras que pronuncie al iniciarse la
sesión, en vista de la observación de los señores diputados que acaban de
expresarse sobre la prioridad de los despachos a discutirse, si el de la orden
del día 77 o el de la orden del día 95. He dicho que para nosotros, son
principios fundamentales que las minas de petróleo —no entro ahora a las de
carbón y hierro— sean bienes privados de la Nación y que la explotación de las
minas de petróleo sea hecha directamente por el Estado. He agregado que estos
dos principios constituyen para nosotros una sola y misma cuestión; están
indisolublemente unidas y votamos la una porque votamos la otra y no votamos
ninguna de las dos por separado.
La orden
del día 77, cuya historia es larga en los anales del Parlamento, aunque no lo
haga en forma clara, involucra explicita y categóricamente el principio de la
nacionalización de las minas de petróleo, que son bienes privados de la Nación.
Digo que para nosotros son indivisibles ambos principios. La orden del día 77,
contiene el principio de la nacionalización en la forma en que esta dicho. La
orden del día 95 no contiene ese principio en la forma que lo deseamos.
¿Porque? Porque el articulo 27 de dicha orden del día expresa este principio de
la nacionalización en forma distinta de aquella en que lo hace la orden del día
77.
Por lo
demás, ¿como se nos ha de ocultar el alcance puramente verbal del articulo 27?
Toda la arquitectura, toda la construcción del despacho numero 95 está basada en la explotación mixta del
petróleo, por los capitales privados en combinación con los capitales del
Estado.
Es decir
que el despacho contenido en la orden del día 95 reposa, en su economía total, sobre
un principio que categóricamente repudiamos. No es una objeción de forma, como
lo dice algún señor diputado que, como de costumbre, pasa sólo por sobre la
superficie de las cosas.
Es la
nuestra una objeción de fondo. Siendo así, vinculándose nuestra objeción al
despacho 95 a
uno de los dos principios que consideramos entre sí ligados
indestructiblemente, se reduce fatalmente la deliberación sobre el despacho 95 a lo que primero se diga
respecto de la orden del día 77. Digamos primero si son bienes privados de la
Nación las minas de petróleo, afiancemos luego la explotación del petróleo por
el Estado, y construyamos mas tarde el régimen jurídico necesario para que el
Estado explote las riquezas petrolíferas.
Esta demás
decir, dada la forma en que expongo mi pensamiento y ante los principios que
establezco, que la orden del día 95 contiene nada mas que pour la galerie el
principio de la nacionalización, porque se ha abierto el gran boquete de la
explotación mixta y porque, sea cual fuere la proporción, viene en definitiva
el capital privado a torcer el verdadero sentido de la nacionalización de las
minas de petróleo tal como la reclama el país, tal como la sostuvo Yrigoyen y
tal como ahora la sostiene la Unión Cívica Radical.”
Y agregó luego el diputado Giuffra:
“No es
posible, señor Presidente, que una cuestión como esta se postergue para decidir
sobre ella cuando se haya avanzado ya en la aceptación de muchos artículos de
un despacho, sin antes saber si las minas van a ser de la Nación o de las
provincias. Esto es previo a
todo y debe ser aprobado antes que lo otro, que es mas complejo; bastara una
votación. De manera que, sin quererlo, se dilatara el conocimiento de este
asunto y cuando ya tenga la Cámara estudiado el articulado, entonces estudiaría
el aspecto institucional y quedaría dividido el proyecto. ¿Por que? Porque la
cuestión mas dificultosa se dejará para lo ultimo.
De manera
que lo que debemos hacer, por simple lógica y por razón de concepto, es tratar
primero el despacho que constituye el eje sobre el cual ha de girar la cuestión
y que contiene el gran asunto.”
Fue necesaria hacer estas citas extensas para
demostrar que la cuestión es de larga data. Que se puede hablar de
nacionalización “pour la galeríe” como dice el diputado Molinari.
Como pasa en la actualidad, mientras se negocia el
reparto de nuestro petróleo con monopolios estadounidenses, chinos, rusos, etc.
La cuestión sigue vigente. Se trata de derogar todas
las leyes de este gobierno y del Menemismo que se opongan a la estatización y nacionalización
total del petróleo y de su explotación monopólica por parte de Estado (con
control de obreros, técnicos y usuarios de toda la gestión). Se trata de
derogar la ley de hidrocarburos vigente que data de la dictadura de Onganía que
admite concesiones. ¡Aunque es bueno destacar que las empresas privadas la
violan al tener más concesiones que las que la ley de Onganía admite!
Se trata de que el Estado argentino tenga el
monopolio desde el subsuelo al surtidor porque el petróleo es un material estratégico
del cual depende en gran medida nuestra independencia, nuestra integridad
territorial y la satisfacción de los derechos del pueblo.
Horacio Micucci
15 de octubre de 2012